Empresas

Los programas de rehabilitación de Projecte Home Balears son gratuitos y de libre acceso, financiándose con subvenciones y ayudas de distintos organismos públicos, fundaciones, organizaciones, empresas privadas y socios colaboradores; y para garantizar la transparencia económica cada año nos sometemos a una auditoría externa que realiza la firma Ernst & Young.

Aunque mantenemos los costes en niveles muy bajos, optimizando la gestión en todos sus aspectos para dedicar todos los recursos disponibles a los objetivos de la fundación, los recursos económicos no son suficientes.
Los distintos gobiernos europeos, conscientes de la falta de recursos públicos en determinadas áreas de atención social, intentan propiciar la colaboración de empresas y particulares. En España, esta tendencia se materializó con la Ley del Mecenazgo 49/2002 de 23 de diciembre, en la cual se definen los incentivos fiscales de los que pueden beneficiarse las empresas y particulares que colaboren con organizaciones no lucrativas, con dinero, especie o servicios, aumentando la desgravación en el Impuesto de Sociedades al 35% de lo donado.
Conscientes del interés y sensibilidad que las empresas demuestran en temas sociales, posibilitamos el desarrollo de su estrategia de responsabilidad social corporativa colaborando con nuestra organización, ofreciéndoles a su vez nuestros servicios de prevención de adicciones (tabaquismo, alcohol y drogas en general) en el entorno laboral y familiar.

De las ayudas recibidas se da la difusión oportuna en nuestras publicaciones, sitios Web y medios de comunicación.
Nombre y Apellidos o Razón social
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Población* C.P.*
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E-Mail DNI o NIF
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Entitdad Mensaje DC NUM DE CUENTA
Deseo realizar una aportación económica a Projecte Home Balears, con cargo a la cuenta que se indica, de manera solidaria, y en la forma que se especifica
Importe cada Mes
Trimestre
Semestre
Año
 
de 20
(Población y dia) (Mes) (Año)
 
Este compromiso quedarà anulado en el momento que el titular de la cuenta corriente lo solicite Las cuotas de socio y donativos se pueden desgravar.

un 25% en el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (Ley 49/2002 de 23 de Diciembre, B.O.E. 307, de 24 de Diciembre de 2002, Art. 19.1) y un 35% en el Impuesto de Sociedades (Art.20.1 de la Ley 49/2002).